viernes, 23 de mayo de 2008

INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA CONFECCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL EJERCICIO 2007.

 
  • Datos personales de toda la unidad familiar (cónyuge, ascendientes y descendientes), adjuntando fotocopia del D.N.I., y especificando el estado civil y, en su caso, el grado de minusvalía.
  • Identificación de la vivienda habitual, ya sea de propiedad o alquilada.
  • Especificar si la asignación de la cuota íntegra, desean que vaya dirigida a la Iglesia Católica ó a Fines Sociales.
  • Número de cuenta corriente donde realizar la devolución de la Renta o, en caso de resultar la declaración a pagar, la domiciliación bancaria  para la liquidación del segundo plazo.
  • Certificado de los rendimientos del trabajo percibidos de empresas privadas u Organismos Públicos (INEM, INSS o mutuas) durante el ejercicio 2007 (tanto del titular como del cónyuge y demás miembros de la unidad familiar).
  • Certificado de las subvenciones y ayudas percibidas por Organismos Públicos durante el ejercicio 2007 (tanto del titular como del cónyuge y demás miembros de la unidad familiar).
  • Contribución ó IBI del año 2007 de la vivienda habitual, ya sea de propiedad o alquilada,  segundas viviendas, parkings ó locales. (Muy importante para dar cumplimiento a la normativa actual que obliga a reflejar la referencia catastral de las mismas).
  • En el caso de tener un inmueble arrendado, especificar la fecha y valor de compra, aportando a su vez  los ingresos y gastos del mismo ( IBI, intereses de la hipoteca sobre el mismo, gastos de conservación, reparaciones y demás gastos).
  • Extractos bancarios de todos los productos financieros: cuentas corrientes, planes de ahorro, obligaciones, acciones, letras..., que hayan generado intereses, retenciones y gastos durante todo el ejercicio 2007.
  • Pagos trimestrales del I.R.P.F. (Modelo 131)  generados por la actividad del quiosco/tienda de todo el ejercicio 2007.
  • Consumo eléctrico del año 2007,  sólo en el caso de no haberlo facilitado anteriormente.
  • Si durante el ejercicio 2007 fueron inspeccionados, aportar las Actas derivadas de la Inspección.
  • En el supuesto de haber adquirido el quiosco o tienda en los  ejercicios  2000, 2001,2002, 2003 2004, 2005, 2006 ó 2007 , aportar el contrato de compra venta y la liquidación de la Licencia Municipal del Ayuntamiento por el traspaso del mismo.
  • En el caso de haber vendido un inmueble, acciones, fondos de inversión o cualquier otro bien durante el año 2007, informar de la fecha, valor y gastos de la adquisición así como de  la fecha, valor y gastos de la venta (Muy importante pues, en caso contrario,  no se podrá reflejar en la declaración la citada operación) Especificar también  el porcentaje de titularidad de los bienes objeto de la venta.
  • Extracto bancario de las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones durante el ejercicio 2007, tanto del titular como del cónyuge.
  • En caso de tener una hipoteca sobre la vivienda habitual, aportar extracto bancario- Resumen Anual acreditativo de la amortización y pago de intereses realizado durante el año 2007, incluyendo el año de apertura de la citada hipoteca.
  • Certificados de los Donativos realizados durante el año 2007.
  • Información de otros préstamos y deudas personales, exclusivamente a tener en cuenta en caso de hacer Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Importe de todos los ingresos percibidos en virtud de la nueva Deducción por maternidad, especificando si la perceptora ha estado desempleada ó en excedencia durante algún periodo de tiempo en el transcurso del año 2007. Fecha de nacimiento del hijo que origina el derecho a la percepción de la deducción.
  • Aportar los Datos Fiscales enviados por la Agencia Tributaria (Hacienda). Estos datos los deben haber recibido todos los asociados a quienes el año pasado se les confeccionó la Declaración del Impuesto sobre la Renta.

 

EN RELACIÓN AL PAGO: El pago DOMICILIADO deberá realizarse en el plazo comprendido entre el 2 de Mayo y el 23 de junio. Pasado este plazo, dicho PRIMER PLAZO NO  podrá DOMICILIARSE, teniéndose que liquidar en efectivo o mediante adeudo en cuenta, en cualquier  entidad financiera, - último día 30 de junio -